viernes, 28 de febrero de 2020

Sobre las solicitudes de cursado condicional

La actual Ordenanza de Estudios permite alcanzar la Aprobación Directa de una materia sin tener aprobada la "correlativa previa para rendir", por un período limitado.

Sin embargo, la Ordenanza citada no autoriza a cursar una materia sin la correlativa necesaria para cursar. Esto motiva que, creyendo que la cuestión es privativa de cada Cátedra, en ciertos casos nos soliciten cursar condicionalmente al no satisfacer los requisitos para inscribirse a cursar. Por ejemplo, sin tener aprobada Física I.

Por esa razón queremos comunicar que la Cátedra le da clases a quienes cuenten con autorización, es decir se inscribió por Sysacad o bien cuenta con una excepción del Consejo Directivo ya aprobada. 

También podría ocurrir que quien hace la solicitud de cursar condicionalmente esté esperando el resultado de una solicitud de excepción al CD. En ese caso, si nos solicita cursar, dejaríamos que lo haga informalmente (es decir, sin registro), pero no condicionalmente, y hay un límite en el cual perdería la posibilidad de Aprobación Directa, que es alrededor de la tercera semana de clases. Hay que tener presente que los pedidos de excepción se presentan por escrito en Alumnado y que dependiendo cuándo se hace éste puede tardar hasta dos meses en resolverse.

En resumen, no existe la posibilidad de cursar formalmente de modo condicional.

La Cátedra

1 comentario:

Tomás A. Bracalenti dijo...

Para quienes quieran comentar:
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